SEGUIMIENTO CEISH
Informes de seguimiento
Los investigadores responsables de proyectos de investigación de tipo observacional o de intervención deberán presentar los informes de seguimiento correspondientes ante el Comité de Ética de Investigación en Seres Humanos de la Universidad Nacional de Loja (CEISH-UNL), una vez aprobado el estudio, de acuerdo con los siguientes plazos:
| Actividad | Plazo establecido |
| Informe de inicio (Art. 89) | Dentro de los 30 días posteriores al inicio de la ejecución |
| Informes de avance (Art. 89) | Según el período de seguimiento establecido en el dictamen; la periodicidad no podrá superar un año |
| Informe final (Art. 89) |
Máximo 90 días desde la finalización del estudio o la pérdida de vigencia de la aprobación |
| Notificación de terminación anticipada (Art. 89) |
Notificación de terminación anticipada (Art. 89) |
| Notificación de terminación anticipada (Art. 89) |
Cuando esté disponible |
Informe de inicio
Informe de avance
Anexo 21
Informe final

