09. ¿Me sirve la nota de la evaluación que realizaba MINEDEC u otras Universidades públicas o privadas? ¿ Deseo seguir una segunda Carrera, me sirve la nota de la evaluación que obtuve cuando seguí mi primera Carrera?

No. El puntaje obtenido en la evaluación de capacidades y competencias tiene validez únicamente para el período académico en curso y deberá ser reportado a la SENESCYT, conforme lo establecido en el inciso tercero del artículo 37 del Acuerdo Nro. SENESCYT-SENESCYT-2024-0055-AC. 📄

📌 Por lo tanto, no se considerarán puntajes obtenidos en evaluaciones realizadas por MINEDEC, otras universidades públicas o privadas, ni puntajes correspondientes a procesos de admisión anteriores.

🎓 En el caso de aspirantes que deseen acceder a una segunda carrera, el artículo 62 del referido Acuerdo establece que se considera segunda carrera cuando el postulante cuenta con un cupo activo en el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión —SNNA—.

✅ Para acceder a una segunda carrera, el aspirante deberá cumplir nuevamente con el proceso de acceso establecido en la normativa vigente y en los lineamientos institucionales aplicables.

🔄 Para los casos de cambio de carrera o movilidad académica, se deberá observar lo dispuesto en el artículo 80 del mismo Acuerdo, el Reglamento de Régimen Académico, la normativa interna de la institución y demás normativa vigente.

⚠️ En todos los casos, la carrera e institución receptora deberá verificar que el aspirante cumpla con el puntaje mínimo de cohorte de la carrera correspondiente al período académico en el que solicita la movilidad.

Sección a presentar
Periodo Admisiones

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